ASISTENCIA A COMPATRIOTAS
Para solicitudes de asistencia e información, escriba a consolato.santiago@esteri.it.
Sólo para emergencias reales y auténticas, llame al siguiente número: +56 9 7809 8998. Este número no está conectado con la estructura de oficinas de la Cancillería Consular y el funcionario encargado no responderá a solicitudes sobre trámites consulares.
Asistencia a los ciudadanos – Repatriación de restos mortales – Detenidos – Salud
Entre las posibles intervenciones de asistencia que las Representaciones Diplomáticas/Consulares pueden prestar en favor de los ciudadanos italianos se encuentran las siguientes:
- asistencia en caso de robo o pérdida de documentos
- repatriación de restos mortales o cenizas
- asistencia a los detenidos
- asistencia indirecta a través de Asociaciones y Organismos de Bienestar
- asistencia financiera (sólo en casos de absoluta necesidad)
- asistencia a los cooperantes
Robo o pérdida de pasaportes
En caso de robo o extravío del pasaporte, comuníquese con el número de emergencia de la Embajada de Italia en Santiago +56 9 78098998 o envíe un correo electrónico a passaporti.santiago@esteri.it denunciando el robo/extravío y proporcionando la siguiente información:
1) Datos completos (nombre, apellido, lugar y fecha de nacimiento);
2) Dirección completa de residencia (país, ciudad, calle, número de casa);
3) En caso de residencia en el extranjero, municipio de inscripción en el AIRE y circunscripción consular de residencia;
4) Número de pasaporte robado o extraviado;
5) Estado civil y presencia de hijos menores;
6) Copia constancia de robo o pérdida del pasaporte ante Carabineros de Chile o PDI.
Repatriación de restos mortales o cenizas
Para repatriar a Italia el cuerpo o las cenizas de un ser querido fallecido en el extranjero, es necesario solicitar a la Cancillería Consular la expedición de un pasaporte mortuorio. Para la expedición de este documento, es necesario estar en posesión de dos copias del acta de defunción (no certificados) que se solicitan presencialmente en el Registro Civil, apostilladas y traducidas al italiano y del certificado internacional de traslado del cadáver o de las cenizas que acredite el cumplimiento de las normas higiénico-sanitarias, también apostillado y traducido al italiano.
Una vez en posesión de esta documentación, es posible solicitar cita previa escribiendo a consolato.santiago@esteri.it , indicando también el cementerio y el municipio donde se inhumarán el cuerpo o las cenizas.
Asistencia a los detenidos
En caso de detención, el ciudadano italiano tiene derecho a solicitar protección consular.
La Cancillería Consular puede:
- visitar al detenido
- facilitar los nombres de abogados locales
- mantener el contacto con la familia
- proporcionar suministros médicos o de otro tipo cuando sea necesario y lo permita la normativa local
La oficina consular no puede intervenir ante los tribunales en nombre de los ciudadanos y/o pagar las tasas judiciales.
Ayuda indirecta a través de asociaciones y organizaciones benéficas
En Chile operan tres asociaciones benéficas que se ocupan de los ciudadanos italianos residentes en el país que se encuentran en situación de pobreza o viven en contextos sociales y familiares particularmente vulnerables:
C.O.I.A. – Comitato Italiano di Assistenza – email: contacto@pompeya.cl – coiaassistenza@gmail.com
HOGAR ITALIANO – email: contacto@hogaritaliano.cl
SIBV – Sociedad Italiana de Beneficencia de Valparaíso – email: benitvalpo@gmail.com
Salud
Las oficinas consulares no tienen competencia directa en materia de salud.
El coste de la atención médica en Chile es especialmente elevado y los turistas deben pagar incluso los primeros auxilios y los servicios de urgencia. Por ello, es muy desaconsejable viajar al país sin haber contratado previamente un seguro médico, con límites máximos elevados, que, además de cubrir los gastos médicos, incluya la repatriación médica aérea de urgencia, el traslado médico aéreo a la capital, Santiago, o el traslado médico aéreo a otro país.
En lo que respecta a Isla de Pascua, sólo existe un hospital en el lugar con una capacidad asistencial limitada, razón por la cual los pacientes más graves son trasladados en helicóptero a instalaciones en Chile continental para recibir el tratamiento adecuado.
A este respecto, se recomienda comprobar con su compañía de seguros que los gastos del traslado aéreo están incluidos en su póliza.
La Cancillería Consular de la Embajada de Italia en Santiago también dispone de una lista de médicos de referencia.
El Decreto del Ministro de Sanidad de 1 de febrero de 1996, relativo a los tratamientos hospitalarios urgentes dispensados por el Servicio Nacional de Salud, establece que «a los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, titulares de pensiones pagadas por organismos de seguridad social italianos o que tengan la condición de emigrantes, certificada por la Oficina Consular italiana competente en el territorio, se les proporciona tratamiento hospitalario urgente, gratuito y por un período máximo de 90 días en un año civil, si no tienen cobertura de seguro, público o privado, para los servicios sanitarios mencionados».
En el pasado, en caso de estancia temporal en Italia, el ciudadano emigrante debía presentar a la ASL competente un certificado consular que acreditara la posesión de la ciudadanía italiana, el nacimiento en Italia y la residencia en el extranjero. Sin embargo, con las modificaciones introducidas por el Decreto Presidencial n.º 45 de 28/12/2000 – Ley consolidada sobre la documentación administrativa y por la Ley n.º 183 de 12/11/2011, el Ministerio de Sanidad ha confirmado que la condición de emigrante puede y debe acreditarse mediante una declaración sustitutiva de la certificación a presentar ante la ASL competente, con la que el ciudadano autocertifica
A- que ha nacido en Italia, posee la ciudadanía italiana y reside en el extranjero, indicando el municipio de inscripción en la AIRE;
o
B – haber nacido en el extranjero, poseer la ciudadanía italiana, haber residido en Italia, indicando el municipio de inscripción en el Registro de la población residente, residir actualmente en el extranjero y, por lo tanto, estar inscrito en la AIRE.
Por lo tanto, con vistas a agilizar los procedimientos y en interés primordial de los ciudadanos, los ciudadanos italianos podrán beneficiarse en Italia del tratamiento
hospitalario urgente proporcionado por el Servicio Nacional de Salud mediante dichas declaraciones sustitutorias en las ASL competentes.
Por último, el Ministerio de Sanidad ha indicado que, dado que la configuración de la condición de «emigrante» permanece inalterada desde el principio (véase también Consejo de Estado, Dictamen n.º 3046/2009), el reconocimiento del derecho debe entenderse limitado a los casos de compatriotas nacidos en Italia y posteriormente expatriados por motivos laborales.