SOLICITUD DE CITAS
Con el fin de aumentar el volumen de solicitudes de ciudadanía jure sanguinis, la tramitación inicial de las solicitudes de ciudadanía es gestionada por VFS Global, líder mundial en tramitación de visados y servicios consulares.
La tasa de tramitación es de 32,00 euros (más la tasa consular de 300,00 euros).
Queda disponible un número limitado de citas semanales directamente en la Cancillería Consular. En este caso sólo se paga la tasa consular.
Para acceder al servicio de entrega de solicitudes en VFS Global, es necesario hacer una reserva a través de su portal dedicado, que se abre el primer día hábil de cada mes. Para más informaciones sobre el funcionamiento del nuevo sistema de reservas en VFS, lea atentamente la guía preparada por VFS Global consultable aqui.
El portal Prenot@mi sigue activo para reservar el servicio de entrega directamente en la Cancillería Consular y se abre el primer martes de cada MES, en horario aleatorio. El portal Prenot@mi ha sido creado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional y está gestionado por la Cancillería Consular. Deberá registrarse en el portal Prenot@mi creando un nombre de usuario y una contraseña, conectarse y realizar la reserva seleccionando el servicio de ciudadanía jure sanguinis solicitud de entrega en la Cancillería Consular.
En ambos casos, el servicio de reserva de cita previa es TOTALMENTE GRATUITO: tenga cuidado e infórmenos de cualquier solicitud de INTERMEDIACIÓN.
El servicio es VÁLIDO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE para los HIJOS MAYORES DE EDAD que deseen obtener reconocida la ciudadanía italiana por descendencia.
Para los hijos menores de edad de ciudadanos italianos, es suficiente proceder a la transcripción de la partida de nacimiento del hijo antes de que éste cumpla los 18 años. Sobre este punto, véase la sección Estado Civil
Para las solicitudes de ciudadanía tras el matrimonio o la unión civil entre personas del mismo sexo, consulte la sección ciudadanía por matrimonio
MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL SERVICIO VFS
Existe una dirección de correo electrónico dedicada al servicio a la que los usuarios pueden enviar cualquier consulta (info.italychile@vfsglobal.com ) y un número de teléfono al que llamar Tel. +56 232 9090 80 (08:00 – 17:00). En caso de tener problemas técnicos con el funcionamiento de la plataforma de reservas o de su cuenta, se ha activado la siguiente dirección de correo electrónico: Italy_Chile_Support@vfsglobal.com .
Las oficinas de VFS Global, donde puedes acudir a entregar tu documentación después de reservar tu cita, están ubicadas en VITACURA 2909 OF. 204 EDIFICIO MADISON, METRO TOBALABA LAS CONDES SANTIAGO
Más información en:
- Sitio web de VFS: https://services.vfsglobal.com/chl/es/ita
- Plataforma de reservas: https://visa.vfsglobal.com/chl/en/ita/login
REQUISITOS
El hijo de padre o madre ciudadanos es ciudadano italiano por nacimiento.
Hay que tener en cuenta que la madre ciudadana transmite la ciudadanía a los hijos nacidos a partir del 1 de enero de 1948.
Las condiciones requeridas para el reconocimiento son:
1) probar la descendencia de una persona con estatuto de ciudadano (el antepasado emigrante que debe haber fallecido después del 17 de marzo 1861);
2) probar la ausencia de interrupciones en la transmisión de la nacionalidad (tanto el antepasado emigrante como sus descendientes no deben haber adquirido voluntariamente una ciudadanía extranjera en el periodo anterior al 16 de agosto 1992).
3) en relación con el punto anterior, cabe señalar que si el progenitor se ha naturalizado voluntariamente como extranjero, el hijo menor con doble ciudadanía (ciudadano italiano iure sanguinis y ciudadano extranjero iure soli) convivente con el progenitor también pierde la nacionalidad italiana. Por lo tanto, si el hijo no ha readquirido voluntariamente la nacionalidad italiana una vez alcanzada la mayoría de edad, la línea de transmisión debe considerarse interrupida.
Para la tramitación de la solicitud de reconocimiento de la nacionalidad italiana debe abonarse una tasa consular de 300 euros (a pagar en pesos chilenos al tipo oficial) por cada persona mayor de edad.
La tasa consular deberá abonarse en el momento de presentar la solicitud.
En caso de resultado negativo, la tasa pagada no podrá ser reembolsada.
El día de la cita, el solicitante deberá entregar toda la documentación en original apostillada y traducida al italiano. Los documentos requeridos no tienen fecha de vencimiento y no serán devueltos.
La documentación para las distintas generaciones es la siguiente:
- AVO dante causa (primer antepasado nacido en Italia):
- acta de nacimiento* (a solicitar en el Municipio italiano de nacimiento):
- con los nombres de los padres;
- en original, firmada y sellada por el Oficial de Estado Civil;
- acta de nacimiento* (a solicitar en el Municipio italiano de nacimiento):
*Si el antepasado dante causa nació antes de la institución del Estado Civil en el Municipio de nacimiento, se deberá presentar el Certificado de Bautismo en original, firmado y sellado por la oficina parroquial e legalizado por la Curia Diocesana competente;
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- actas de Estado Civil (acta de matrimonio – en caso de tener más de un matrimonio, deben presentarse todos, incluyendo eventuales sentencias de nulidad/divorcio o defunción del/de la cónyuge anterior – acta de defunción) es decir “partidas” (no certificados) en original, apostilladas y traducidas al italiano (la traducción debe ser realizada en el Estado donde el acta fue emitida y debidamente legalizada si no se realizó en Chile. En caso de documentos emitidos por países cuyo idioma oficial es el español, se informa que las relativas traducciones pueden ser realizadas por un traductor de referencia de esta Embajada);
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- certificado de “no naturalización”:
- emitido por la Autoridad competente de cada Estado de residencia del antepasado dante causa (para Chile, la Autoridad competente es el “Servicio Nacional De Migraciones” – ex Departamento de Extranjería – del Ministerio del Interior y Seguridad Pública), apostillado y traducido al italiano;
- si es emitido en un Estado distinto de Chile, debe estar también apostillado y traducido al italiano (la traducción debe ser realizada en el Estado donde se emitió el documento y debidamente legalizada En caso de documentos emitidos por países cuyo idioma oficial es el español, se informa que las relativas traducciones pueden ser realizadas por un traductor de referencia de esta Embajada).
- certificado de “no naturalización”:
- Ascendientes en línea recta sucesivos al Antepasado italiano:
- actas de Estado Civil* (acta de nacimiento, acta de matrimonio/unión civil – en caso de tener más de un matrimonio, deben presentarse todos, incluyendo eventuales sentencias de nulidad/divorcio o defunción del/de la cónyuge anterior – acta de defunción) es decir “partidas” (no certificados), en original, apostilladas y traducidas al italiano (la traducción debe ser realizada en el Estado donde se emitió el documento y debidamente legalizada si no se realizó en Chile. En caso de países cuyo idioma oficial es el español, las traducciones pueden ser realizadas por un traductor de referencia de esta Embajada).
*Si los ascendientes en línea recta sucesivos al antepasado italiano nacieron antes de la institución del Estado Civil en el Municipio de nacimiento, se deberá presentar el Certificado de Bautismo en original, firmado y sellado por la oficina parroquial e legalizado por la Curia Diocesana competente (Arzobispado);
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- certificado de “no naturalización”: en caso de emigración a países diferentes al de nacimiento antes del 16/08/1992, emitido por la Autoridad competente de cada Estado de residencia de los ascendientes (Ejemplo: si uno de los ascendientes nace en Chile y luego emigra a Estados Unidos, es necesario presentar el certificado de no naturalización estadounidense de ese antepasado, apostillado y traducido al italiano)
- Solicitante:
- actas de Estado Civil (acta de nacimiento, eventuales sentencias de filiación, adopción, actas notariales o de registro civil de reconocimiento – realizados durante la menor edad del solicitante – acta de matrimonio/unión civil – ésta última solo si entre parejas del mismo sexo – en caso de tener más de un matrimonio, deben presentarse todos, incluyendo eventuales sentencias de nulidad/divorcio o defunción del/de la cónyuge anterior – actas de nacimiento de hijos menores de edad) es decir “partidas” (no certificados), en original, apostilladas y traducidas al italiano (la traducción debe ser realizada en el Estado donde se emitió el documento y debidamente legalizada si no se realizó en Chile En caso de países cuyo idioma oficial es el español, las traducciones pueden ser realizadas por un traductor de referencia de esta Embajada).
- Todo tipo de sentencia tiene que tener la indicación que está “firme y ejecutoriada” o “ejecutoriada”.
- Carnet de identidad chileno vigente (RUT).
- Certificado de residencia emitido por la Junta de Vecinos, emitido con una antigüedad máxima de 6 meses anteriores a la fecha de la cita, o facturas de servicios públicos de la vivienda;
- Certificado de viajes emitido por PDI durante el último año anterior a la fecha de la cita.
Los documentos emitidos por Autoridades extranjeras (N.d.R. no italianas), deben ser traducidos directamente del idioma extranjero al italiano, no se aceptan traducciones “puente” (Ejemplo inglés-español-italiano).
Se aceptan las traducciones realizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores chileno, siempre y cuando tengan su propia apostille y no deben ser traducciones “puente” (ver punto anterior).
Los trámites para el reconocimiento de la ciudadanía italiana jure sanguinis son especialmente complejos y delicados, por lo que la legislación italiana asigna a las representaciones diplomático-consulares en el extranjero 730 días (2 años) desde la presentación de la solicitud para concluir el trámite administrativo.
En caso de duda, escriba a citt.santiago@esteri.it indicando en el asunto «CIUDADANÍA POR DESCENDENCIA».
FORMULARIOS: