La ciudadanía italiana se basa en el principio del ius sanguinis (es decir, la transmisión de la ciudadanía por descendencia), según el cual el hijo nacido de padre italiano o de madre italiana es italiano. Sin embargo, se debe tener presente que la madre ciudadana transmite la ciudadanía a sus hijos solamente a partir del 1 de enero de 1948, como resultado de una sentencia específica del Tribunal Constitucional. La Ley n. 74 del 23 de mayo de 2025 no modifica este principio fundamental, pero lo matiza, vinculándolo a la existencia de lazos efectivos y actuales con Italia.
Por lo tanto, conforme a la ley n. 91 de 1992, en su versión modificada, se reconoce como ciudadano italiano iure sanguinis (desde el nacimiento) a:
- el solicitante cuyo padre o madre sea ciudadano italiano, nacido en Italia en cualquier fecha;
- el solicitante que posee exclusivamente la ciudadanía italiana, es decir, que no tiene ni puede tener ninguna otra ciudadanía;
- el solicitante que se encuentra en uno de los casos enumerados en las letras a), a-bis), b), c) y d) del artículo 3-bis.
REQUISITOS
El nuevo marco normativo establece que las personas nacidas en el extranjero y que poseen otra ciudadanía no transmiten automáticamente la italiana, salvo que se cumplan ciertos requisitos específicos indicados en el nuevo artículo 3-bis.
Por lo tanto, la ciudadanía italiana iure sanguinis puede ahora ser reconocida a quienes hayan nacido en el extranjero cuando el solicitante cumpla con uno de los siguientes requisitos:
- Tener un ascendiente de primer grado (progenitor, también adoptivo) o de segundo grado (abuelo o abuela) que posea, o haya poseído exclusivamente la ciudadanía italiana al momento de su fallecimiento; o
- Tener un padre, madre o adoptante que haya residido en Italia por al menos dos años continuos después de haber adquirido la ciudadanía italiana y antes de la fecha de nacimiento o adopción del hijo.
En el caso n. 1, corresponde al solicitante demostrar de manera inequívoca que los ascendientes mencionados no poseen (o no poseían al momento de su fallecimiento, si este ocurrió antes del nacimiento del interesado) otras ciudadanías aparte de la italiana. Se podrán presentar certificados negativos de ciudadanía, declaraciones de renuncia, certificados de no inscripción en registros electorales y cualquier otro documento que sirva para probar lo exigido por la ley. No serán suficientes las simples declaraciones personales.
En el caso n. 2, la residencia deberá probarse mediante un certificado histórico de residencia emitido por la Municipalidad competente. Basta con que uno de los padres haya residido en Italia, pero solo se considerarán los padres que sean ciudadanos italianos. La residencia debe haber sido de al menos dos años continuos antes del nacimiento del solicitante. No se considerará la residencia de padres extranjeros en Italia. En el caso de un progenitor ciudadano italiano iure sanguinis que haya obtenido el reconocimiento de su ciudadanía italiana después del periodo de residencia en Italia, el requisito de residencia se considerará igualmente cumplido y el hijo podrá obtener el reconocimiento de la ciudadanía italiana.
La normativa anterior seguirá ser aplicada a quienes hayan nacido en el extranjero cuando el solicitante:
a) haya presentado ante la oficina consular o al alcalde competente una solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana, acompañada de la documentación requerida, antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025;
b) haya presentado ante la oficina consular o al alcalde competente una solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana, con la documentación requerida, en el día asignado mediante cita comunicada al interesado por la oficina competente antes de las 23:59 (hora de Roma) del mismo 27 de marzo de 2025;
c) haya presentado ante un tribunal italiano una solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana antes de las 23:59 (hora de Roma) del 27 de marzo de 2025.
Por «solicitudes presentadas» se entienden aquellas entregadas en la ventanilla de la Oficina Consular o en la agencia VFS Global antes de la fecha y hora indicadas anteriormente.
Por «cita comunicada al interesado por la Oficina competente» se entiende la confirmación recibida por correo electrónico a través del portal Prenot@mi, del portal de VFS o desde la dirección de correo institucional de la Sección de la Oficina Consular competente para la solicitud.
Con respecto a los puntos a) y b), se especifica que el reconocimiento puede tener lugar también después del 27 de marzo de 2025, pero será regulado por la normativa anterior. Por lo tanto, las solicitudes presentadas en esta Embajada antes de las 19:59 horas del 27 de marzo de 2025, o aquellas presentadas en base a una cita comunicada antes de esa fecha, serán tratadas de acuerdo con la normativa vigente antes de la promulgación del Decreto Ley n. 36/2025, convertido con modificaciones en la Ley n. 74/2025.
En estos casos, para el reconocimiento de la ciudadanía italiana, se aplicarán los criterios anteriores a la reforma de la Ley n. 91/1992, los cuales pueden ser consultados haciendo clic aquí.
Para la tramitación de la solicitud de reconocimiento de la nacionalidad italiana debe abonarse una tasa consular de 600,00 euros (a pagar en pesos chilenos al tipo oficial) por cada persona mayor de edad.
La tasa consular deberá abonarse en el momento de presentar la solicitud.
En caso de resultado negativo, la tasa pagada no podrá ser reembolsada.
El día de la cita, el solicitante deberá entregar toda la documentación en original apostillada y traducida al italiano. Los documentos requeridos no tienen fecha de vencimiento y no serán devueltos. El detalle de los documentos necesarios está listado en el elenco publicado a seguir en la sección “Formularios”.
Los trámites para el reconocimiento de la ciudadanía italiana iure sanguinis son especialmente complejos y delicados, por lo que la normativa italiana otorga a las representaciones diplomático-consulares en el extranjero un plazo de 730 días (2 años) a partir de la presentación de la solicitud para concluir el proceso.
En caso de dudas, se ruega escribir a citt.santiago@esteri.it indicando en el asunto: “CIUDADANÍA POR DESCENDENCIA”.
FORMULARIOS:
- Solicitud de reconocimiento de la ciudadanía italiana iure sanguinis
- Lista de documentos que deben anexarse
- Esquema del árbol genealógico
- Declaración sustitutoria (sentencias de divorcio/nulidad)
- Declaración sustitutoria (sentencias de adopción)
SOLICITUD DE CITAS
Con el fin de agilizar el análisis de solicitudes de ciudadanía jure sanguinis, la tramitación inicial de las solicitudes de ciudadanía es gestionada por VFS Global, líder mundial en tramitación de visados y servicios consulares.
La tasa de tramitación es de 32,00 euros (más la tasa consular de 600,00 euros).
Queda disponible un número limitado de citas semanales directamente en la Cancillería Consular. En este caso sólo se paga la tasa consular.
Para acceder al servicio de entrega de solicitudes en VFS Global, es necesario hacer una reserva a través de su portal dedicado, que se abre el primer día hábil de cada mes. Para más informaciones sobre el funcionamiento del nuevo sistema de reservas en VFS, lea atentamente la guía preparada por VFS Global consultable aqui.
El portal Prenot@mi sigue activo para reservar el servicio de entrega directamente en la Cancillería Consular y se abre el primer martes de cada MES, en horario aleatorio. El portal Prenot@mi ha sido creado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional y está gestionado por la Cancillería Consular. Deberá registrarse en el portal Prenot@mi creando un nombre de usuario y una contraseña, conectarse y realizar la reserva seleccionando el servicio de ciudadanía jure sanguinis solicitud de entrega en la Cancillería Consular. El solicitante deberá confirmar la reserva a más tardar 3 días antes de la cita; de lo contrario, la reserva se anulará automáticamente.
En ambos casos, el servicio de reserva de cita previa es TOTALMENTE GRATUITO: tenga cuidado e infórmenos de cualquier solicitud de INTERMEDIACIÓN escribiendo al correo electrónico santiago.segnalazioni@esteri.it .
El servicio es VÁLIDO ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE para los MAYORES DE EDAD que deseen obtener reconocida la ciudadanía italiana por descendencia.
Para los hijos menores de edad de ciudadanos italianos, se remite a la lectura de la información contenida en la sección de Estado Civil
Para las solicitudes de ciudadanía tras el matrimonio o la unión civil entre personas del mismo sexo, consulte la sección ciudadanía por matrimonio
MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL SERVICIO VFS
Existe una dirección de correo electrónico dedicada al servicio a la que los usuarios pueden enviar cualquier consulta (info.italychile@vfsglobal.com) y un número de teléfono al que llamar Tel. +56 232 9090 80 (08:00 – 17:00). En caso de tener problemas técnicos con el funcionamiento de la plataforma de reservas o de su cuenta, se ha activado la siguiente dirección de correo electrónico: Italy_Chile_Support@vfsglobal.com .
Las oficinas de VFS Global, donde puedes acudir a entregar tu documentación después de reservar tu cita, están ubicadas en VITACURA 2909 OF. 204 EDIFICIO MADISON, METRO TOBALABA LAS CONDES SANTIAGO
Más información en:
- Sitio web de VFS: https://services.vfsglobal.com/chl/es/ita
- Plataforma de reservas: https://visa.vfsglobal.com/chl/en/ita/login