REFERÉNDOS ABROGATORIOS DEL 08-09/06/2025
VOTO POR CORREO PARA LOS CIUDADANOS ITALIANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
Y OPCIÓN DE VOTO EN ITALIA
Mediante Decretos Presidenciales de 31/03/2025, publicados en la Gaceta Oficial de 31/03/2025, se fijó la fecha de los referendos abrogativos de conformidad con el artículo 75 de la Constitución en los días 8 y 9 DE JUNIO DE 2025.
Se recuerda que VOTAR es un DERECHO protegido por la Constitución italiana y que, en virtud de la Ley 459 de 27 de diciembre de 2001, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en los listados electorales, pueden VOTAR POR CORREO, recibiendo el sobre electoral en su domicilio de residencia. A tal fin, se recomienda comprobar y regularizar los datos personales y de residencia en la Oficina consular competente, utilizando preferentemente el portal en línea de los servicios consulares Fast It.
Como alternativa al voto por correo, los electores inscritos en AIRE pueden OPTAR POR VOTAR EN ITALIA EN EL MUNICIPIO DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL, comunicando su elección (OPCIÓN) por escrito a la Cancillería Consular de la Embajada de Italia antes del 10º día posterior al día de la convocatoria de elecciones. Los electores que elijan votar en Italia con ocasión del próximo referéndum recibirán de sus respectivos municipios italianos la tarjeta-aviso para votar en los colegios electorales de Italia. La elección (opción) de votar en Italia sólo es válida para el referéndum respecto del cual se expresa.
Se reitera que, en cualquier caso, la opción DEBE RECIBIRSE en la Oficina Consular NO MÁS TARDE DE DIEZ DÍAS DESPUÉS DE LA CONVOCATORIA DE ELECCIONES, es decir, NO MÁS TARDE DEL 10/04/2025. Esta comunicación podrá estar escrita en papel normal y -para que sea válida- deberá contener el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y firma del elector, acompañada de una copia de un documento de identidad del declarante.
Para esta comunicación, también puede utilizar el formulario especial que puede ser descargado de la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación Internacional (www.esteri.it) o de la página web de su oficina consular de referencia.
El formulario, debidamente llenado, firmado y acompañado de un documento de identidad, podrá ser entregado/enviado:
- de persona: en la Cancillería Consular, de lunes a viernes de 09.00 a 12.00 horas, Román Díaz 1270, Providencia, Santiago, Región Metropolitana
- por correo postal: Clemente Fabres 1050, Providencia, Santiago, Región Metropolitana , indicando en el sobre «Opción para voto en Italia»
- por correo electrónico ordinario: anagrafe.santiago@esteri.it
- por correo electrónico certificado: amb.santiago.consolare@cert.esteri.it
De acuerdo a la normativa vigente, será responsabilidad de los electores verificar que el aviso de opción enviado por correo postal haya sido recibido oportunamente por su oficina consular. Las solicitudes recibidas fuera del plazo indicado anteriormente NO podrán considerarse válidas.
La opción de votar en Italia puede REVOCARSE posteriormente con una comunicación escrita que debe enviarse o entregarse en la Oficina Consular del mismo modo y dentro de la misma fecha para ejercer la opción.
Si se opta por regresar a Italia para votar, la ley NO prevé ningún tipo de reembolso de los gastos de viaje en que se haya incurrido, sino sólo tarifas reducidas dentro del territorio italiano.
LA CANCILLERÍA CONSULAR ESTÁ A SU DISPOSICIÓN PARA CUALQUIER ACLARACIÓN.
MÁS INFORMACIÓN ESTARÁ DISPONIBLE EN EL SIGUIENTE ENLACE https://ambsantiago.esteri.it/it/servizi-consolari-e-visti/servizi-per-il-cittadino-italiano/servizi-elettorali/elezioni-politiche-e-referendum/referendum-abrogativi-8-9-giugno-2025/