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Elecciones Europeas

La Ley 459/2001 sobre el ejercicio del derecho de voto en el extranjero no se aplica a las elecciones europeas, que se rigen por la Ley 18 de 24 de enero de 1979, en su versión modificada.

Por lo tanto, el sistema de voto por correo no se aplica a las elecciones europeas: los electores italianos con derecho a voto y residentes permanentes en los países de la Unión Europea pueden acudir a los colegios electorales correspondientes establecidos localmente por nuestra red diplomático-consular.

Los electores italianos residentes en el extranjero también pueden optar, dentro de los plazos previstos por la ley, por votar a los candidatos en su país de residencia; también pueden regresar a Italia, aprovechando las tarifas de viaje reducidas, y votar en su municipio de residencia.