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AVISO IMPORTANTE: NUEVAS DISPOSICIONES PARA INGRESO EN ITALIA

El estado de emergencia en el país, debido a la pandemia de COVID-19, terminó el 31 de marzo de 2022. Siguen vigentes algunas medidas de control y contención, como parte de la superación gradual de la fase de emergencia. Para más información, está disponible el comunicado de prensa de la Oficina del Primer Ministro del 17 de marzo: Comunicado de prensa de la Oficina del Primer Ministro nº 67 | www.governo.it. Puede hacer clic aquí para consultar toda la legislación vigente sobre el Coronavirus.

GREEN PASS, CERTIFICADOS EQUIVALENTES y USO DE DISPOSITIVOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

Con disposiciones posteriores, las autoridades italianas han establecido la introducción del Certificado Verde o Covid-19 Digital de la UE o un certificado equivalente, expedido tras la vacunación, la recuperación o las pruebas moleculares o antigénicas.

A partir del 1 de febrero de 2022, las certificaciones emitidas tras la finalización del ciclo de vacunación y los certificados de curación (Pase Verde de vacunación o de curación), en Italia, tienen una validez de seis (6) meses, tal y como establece el art. 3 del Decreto Ley nº 221 de 24 de diciembre de 2021. El certificado de vacunación, incluida la dosis de «refuerzo», tiene actualmente una duración ilimitada.

MEDIDAS EN VIGOR HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2022

En Italia, ya no es obligatorio mostrar el llamado «Pase Verde» para acceder a los servicios de transporte, restauración u hostelería, ni para acceder a otros establecimientos comerciales. Para más detalles, consulte el Decreto-Ley nº 24 de 24 de marzo de 2022.

Hasta el 30 de septiembre de 2022, es obligatorio el uso de equipos de protección respiratoria de tipo FFP2 en los transportes públicos (trenes, barcos, transbordadores, autobuses y otros medios de transporte público), excluyendo los aviones, en los establecimientos sociales y sociosanitarios (RSA) y en los centros de salud.

Sin embargo, se recomienda llevar un equipo de protección respiratoria en todos los lugares interiores que sean públicos o estén abiertos al público.

No están obligados a llevar equipos de protección respiratoria: a) los niños menores de seis años; b) las personas con patologías o discapacidades incompatibles con el uso de una mascarilla, así como las personas que tienen que comunicarse con una persona discapacitada de tal manera que no pueden utilizar el dispositivo; c) las personas que realizan actividades deportivas.

CERTIFICACIONES EQUIVALENTES

Las características requeridas para que una certificación emitida por autoridades sanitarias extranjeras se considere «equivalente» a una certificación italiana o de la UE suelen ser indicadas por las oficinas competentes del Ministerio de Sanidad italiano, mediante una circular específica, en respuesta a medidas gubernamentales. En la actualidad, Italia reconoce como equivalentes las certificaciones emitidas por algunos Estados no comunitarios, siempre que cumplan las características indicadas en la Circular del Ministerio de Sanidad de 30 de julio de 2021. Además, a partir del 23 de septiembre de 2021, el Ministerio de Sanidad italiano reconoció (con esta Circular) la equivalencia -en el territorio italiano- de determinadas vacunas administradas por autoridades sanitarias extranjeras. Se trata, en particular, de

vacunas reconocidas por la EMA – Agencia Europea del Medicamento (véase el Anexo nº 1 de la Circular);
Covishield (Serum Institute of India), producido bajo licencia por AstraZeneca;
R-CoVI (R-Pharm), producido bajo licencia de AstraZeneca;
La vacuna recombinante Covid-19 (Fiocruz), producida bajo licencia de AstraZeneca.

Tras este reconocimiento

– Los ciudadanos italianos (incluidos los residentes en el extranjero) y sus familiares convivientes, independientemente de que estén inscritos en el Servicio Sanitario Nacional o en el SASN (Assistenza Sanitaria al Personale Navigante), y todos los sujetos inscritos a cualquier título en el Servicio Sanitario Nacional que se hayan vacunado en el extranjero con las vacunas mencionadas o que se hayan recuperado en el extranjero del COVID-19, podrán solicitar, si ya se encuentran en el territorio italiano, la expedición del Pase Verde dirigiéndose a las autoridades sanitarias locales de competencia territorial

– Todos los demás ciudadanos extranjeros vacunados en el extranjero con las vacunas mencionadas tendrán derecho a utilizar todos los servicios en el territorio italiano, sin tener que descargar exactamente el Pase Verde. Para ser reconocidos como equivalentes al Pase Verde, los certificados sobre la vacuna recibida en el extranjero deberán contener la siguiente información: datos de identificación del titular, datos sobre la vacuna, fecha(s) de administración de la vacuna, datos de identificación de la persona que expidió el certificado; también deberán estar redactados en italiano, inglés, francés, español o alemán o, si se expiden en otro idioma, ir acompañados de una traducción jurada.

A partir del 1 de junio de 2022, en cualquier caso, ya no será necesario presentar el Pase Verde o el certificado equivalente para entrar en Italia. El Pase Verde ya no es necesario para acceder a los servicios de transporte, restauración u hotelería, ni para acceder a los establecimientos comerciales en Italia.

La normativa sobre el Pase Verde, incluidas las Circulares del Ministerio de Sanidad, está disponible aquí.